Número 1. Julio-Diciembre 2014
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Lorenzo Prats Albentosa,
La concesión irresponsable de un crédito no puede justificar un tipo de interés desproporcionadamente elevado (24,6 por ciento).
Sumario:
La Sala considera que la sentencia recurrida infringe el art. 1 de la Ley de Represión de la Usura, y que la operación de crédito debe considerarse usuraria