Número 1. Julio-Diciembre 2014
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El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha declarado en su sentencia de 29 de octubre de 2015, recaída en el asunto C-8/14 (cuestión prejudicial planteada por el Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Martorell), que la Disposición Transitoria IV de la Ley 1/2013 es contraria al principio de efectividad y, por tanto, a los artículos 6 y 7 de la Directiva 93/13/CEE sobre cláusulas abusivas en los contratos con consumidores.